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miércoles, 27 de abril de 2016

Aulas de compensación educativa, una opción para atender a la diversidad

¿Qué es un aula de compensación educativa?

Un aula de compensación educativa (A.C.E.) es aquella destinada a alumnos de secundaria, con edades comprendidas entre los 15 y 16 años, que presentan problemas de fracaso escolar con absentismo y situación en riesgo de exclusión social, económica y familiar, como causas principales. Son chicos y chicas con una baja autoestima, con un desfase curricular de al menos dos años y, sobre todo, un rechazo absoluto al sistema académico, disciplina u organización escolar.

¿Qué se aprende en el A.C.E.?

Las A.C.E.s están adscritas a Institutos de Educación Secundaria, y en mayor o menor medida forman parte de una misma comunidad educativa. La persona responsable de cada A.C.E. pertenece al claustro y asiste a las sesiones en los institutos.

Pero se trabaja de una forma muy distinta, de manera muy personalizada y cercana, por lo que resulta una medida educativa muy cara. Además se realiza un Plan de trabajo con cada alumno y alumna.
También es muy importante el trabajo con las familias porque están acostumbradas a que siempre se les convoque para darles quejas de sus hijos, y contar con ellas para buscar su apoyo y complicidad consigue que confíen en el A.C.E.

El alumnado de las aulas de compensación educativa sigue el currículo de la educación secundaria obligatoria aunque adaptado a sus capacidades, intereses y necesidades, por lo que tiene un enfoque eminentemente práctico.

Por ello el currículo se organiza, en tres ámbitos: ámbito práctico, ámbito lingüístico-social y ámbito científico-matemático. Y el ámbito práctico es el que les motiva para sentir que están aprendiendo materias que les van a servir para su futuro profesional. Así, en las A.C.E.s se imparten diferentes conocimientos como Artes Gráficas, Automoción, Cocina, Confección Industrial, Electricidad o Peluquería.

Pero esta capacitación práctica es sólo, que no es poco, una motivación para retomar su formación reglada. Porque la finalidad no es que después se incorporen al mercado laboral, sino que por el contrario, no pierdan la esperanza en que la educación es necesaria para trabajar y vuelvan al instituto o a otros espacios educativos. 


Cada aula de compensación educativa atiende a un máximo de quince alumnos por perfil que sólo podrán permanecer durante un curso aunque su evolución se va revisando y su permanencia se valora en función de los progresos de aprendizaje. Después de ese curso podrán incorporarse a programas de Garantía Social o de Cualificación Profesional Inicial. Por eso las A.C.E.s no se venden como una formación profesional ni como una garantía para conseguir el graduado escolar. Después del A.C.E. el alumnado puede seguir estudiando y con 2 años más puede conseguir el graduado.

Para saber más haz click en la imagen 


Marco legal de la Educación Compensatoria


La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en donde se establece que la actividad educativa se desarrollará atendiendo, entre otros al principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación. En el Título V, dedicado a la compensación de las desigualdades en la educación, se establece que las políticas de educación compensatoria reforzarán la acción del sistema educativo de forma que se actúe sobre las desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole, debiendo asegurar las Administraciones educativas una actuación preventiva y compensatoria.

 La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes, las Administraciones educativas garantizarán la escolarización y la distribución equilibrada en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de aquel alumnado que presente necesidades educativas especiales por estar en situaciones sociales o culturales desfavorecidas, y, en consecuencia, dotarán a dichos centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado.

La Orden de 29 de octubre de 1983, de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, reguló el Programa de Educación Compensatoria en la Comunidad Valenciana, en aplicación del Real Decreto 1.174/1983, de 27 de abril y del Convenio de 14 de octubre de 1983, suscrito con el Ministerio de Educación y Ciencia. Posteriormente, la Orden de 10 de diciembre de 1984, de esta misma Consellería reguló dicho Programa de acuerdo con el convenio suscrito con el Ministerio de Educación y Ciencia el día 21 de septiembre.

ORDEN de 4 de julio de 2001, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades de compensación educativa.